¿En qué consiste la amortización de acciones?
En la amortización, la sociedad anticipa la devolución del valor de las acciones, sin reducir el capital integrado (art. 311). Es decir que el importe que se devuelve se debita del rubro ganancias.
La Ley 16.060 impone que existen ganancias líquidas para que esa amortización se cumpla sólo si la sociedad tiene liquidez para ello. Por lo que dice el texto, no podría destinarse a ese pago una suma superior a las ganancias acumuladas.
La sociedad conserva incambiado el capital integrado pero disminuye su patrimonio pues paga a los accionistas el valor de sus acciones, con dinero de su activo.
La amortización debe ser resuelta por asamblea extraordinaria. El art. 312 impone confeccionar un balance especial para determinar el importe que se entregará el accionista.