¿Qué es la cuenta corriente bancaria?
La cuenta corriente bancaria es el contrato convenido entre un banco y su cliente, por el cual aquél se obliga a realizar por cuenta de éste, todas las operaciones inherentes al servicio de caja contabilizando puntual y sistemáticamente los ingresos y egresos de fondos.
Sobre la cuenta corriente bancaria, el cuenta correntista tiene derecho a librar cheques.
Siendo un contrato bilateral, la cuenta corriente bancaria hace nacer obligaciones para ambas partes contratantes. La principal obligación del banco consiste en prestar el servicio de caja al cliente, esto es, debitar de la cuenta los importes de los cheques presentados al banco y depositar en ella los importes presentados al banco si así correspondiera. La principal obligación del cliente consiste en tener fondos suficientes depositados en la cuenta corriente o disponer de un crédito concedido por el banco (giro en descubierto) lo que le permite extraer fondos de la cuenta. Otras obligaciones del cliente son las de abonar los gastos y comisiones como, por ejemplo, por venta de chequeras o por devolución de cheques librados sin fondos.
La cuenta corriente bancaria puede asumir dos modalidades – con provisión de fondos o al descubierto – según opere con fondos suficientes depositados en ella o cuente con una autorización del banco para girar en descubierto, esto es, tener una línea de crédito abierta. La Ley 6.895, en su art. 33, reconoce estas dos modalidades:
“La cuenta corriente bancaria es de dos maneras: a descubierto cuando el banco hace adelantos de dinero, o con provisión de fondos cuando el cliente los tiene depositados en él.”
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